La ley amplía el plazo de garantía en tus dispositivos electrónicos hasta 3 años

13/06/2022

Esta norma se aplica con los bienes adquiridos a partir del 1 de enero de 2022, y los fabricantes deben asegurar las piezas de repuesto durante 10 años, a diferencia de los 5 requeridos hasta ahora.

Desde el pasado 1 de enero el plazo mínimo de garantía de los bienes comprados se extiende a tres años. Esta es una de las principales novedades de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), que también amplía  el tiempo en el que los usuarios pueden solicitar la reparación de sus dispositivos tecnológicos.

La garantía legal de los productos tiene como finalidad proteger al consumidor de los defectos de fábrica, los problemas prematuros en el dispositivo, o los desajustes en cuanto al producto prometido, obligando al vendedor a solucionar esos fallos. Mediante la ampliación del plazo de garantía no solo se pretende aumentar los derechos de los consumidores, sino que también se pretende conseguir una mayor sostenibilidad y potenciar la economía circular en el sector tecnológico.

José García Martínez, CEO de ANOVO, empresa de logística inversa del sector tecnológico, afirma que “tenemos que colaborar en la protección del medioambiente. Esta nueva medida invita a reutilizar en vez de adquirir nuevos productos, que es una forma de actuar que poco a poco va calando en nuestra sociedad y que se verá reforzada con la nueva normativa”. Y es precisamente en este punto en el que la reparación de dispositivos electrónicos pasa a jugar un papel clave.

Nuevas opciones para los consumidores

En el caso de adquirir nuevos dispositivos, ANOVO recomienda a los usuarios que, antes de estrenarlos, lean las condiciones de garantía del fabricante para que puedan sacarles el mayor partido, así como que se interesen en conocer la garantía legal por si necesitaran hacer uso de ella.

Asimismo, la ley también contempla el aumento del ciclo de vida de los productos tecnológicos gracias a la ampliación del periodo de reparabilidad obligatorio, que pasará de 5 a 10 años. Así se asegura durante un periodo mayor de tiempo la disposición de servicio técnico de los repuestos necesarios desde que el bien ha dejado de fabricarse.

Nuevas disposiciones en la Ley

Por otro lado, la ley establece por primera vez que se aplique una garantía de dos años tanto a los contenidos como a los servicios digitales. En este apartado quedan incluidos programas informáticos, aplicaciones, juegos digitales, libros electrónicos y otras publicaciones electrónicas.

Otro de los plazos que se ha visto afectado es el de no conformidad, estableciéndose en tres años el tiempo en el que el cliente tendrá derecho a elegir entre la reparación o sustitución del producto, teniendo en cuenta la durabilidad del mismo, es decir, la capacidad del bien para mantener sus funciones y rendimiento obligatorios en condiciones normales.

“Esta normativa tendrá bastante repercusión en muchos ámbitos. Creemos que ahora más que nunca se va a decidir por reparar en un SAT oficial para mantener la garantía todo el periodo que le reste de los 3 años”, afirma el CEO de ANOVO.

Consecuencias de la nueva normativa

Esta reforma afectará directamente a las decisiones de los consumidores a la hora de elegir entre reparar o comprar. Así lo afirma también José García: ”habrá usuarios que sigan prefiriendo hacerse con el último modelo, pero muchos seguro que conservarán sus dispositivos por más tiempo. Y más teniendo en cuenta que si se les estropean y acuden al servicio técnico oficial pueden, siempre y cuando la avería esté cubierta por la garantía, reparar sin coste alguno durante los tres primeros años”.

Para ejercer el derecho a la garantía es fundamental conservar el tique de compra, factura o albarán de entrega, así como contactar con el vendedor, que debe asumir dicha garantía dejando constancia de la incidencia.

 

 

fuente: www.ticpymes.es

 

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